Por DarÃo H Schueri – Según la Cámara de Empresas Aeroaplicadoras de la Provincia “no contaminamos, porque no somos personas que vamos al suicidio, hacemos una actividad reglamentada para cuidar los cultivos, para la siembra, fertilización y aplicación de todo tipo de agroquÃmicosâ€.
Mientras el Defensor del Pueblo Carlos Bermúdez remitió una serie de oficios a funcionarios provinciales para conocer el estado actual de delimitación de las plantas urbanas de las localidades de la provincia en relación con la fumigación de cultivos y la metodologÃa que se utiliza para controlar esa actividad, según lo dispone la normativa vigente, el empresario DarÃo Bolatti, miembro de la Cámara de Empresas Aeroaplicadoras de la Provincia afirmó de manera contundente en el programa “DesafÃos Productivos†de Cablevisión Santa Fe que “no contaminamos, porque no somos personas que vamos al suicidio, hacemos una actividad reglamentada para cuidar los cultivos, para la siembra, fertilización y aplicación de todo tipo de agroquÃmicosâ€.Lo que dice la DefesorÃa del Pueblo.
La intervención de la DefensorÃa fue solicitada por el Centro de Protección a la Naturaleza al titular del organismo, Carlos Bermúdez, para que ponga en marcha los mecanismos pertinentes con el objetivo de que se alcance el estricto cumplimiento de la ley provincial 11.273 y sus artÃculos reglamentarios que imponen la obligación de determinar los lÃmites de la planta urbana de municipios y comunas en los que se prohÃbe fumigar.
La presentación de la entidad ambientalista, que impulsa en la provincia una campaña denominada Paren de Fumigar, incluye situaciones concretas en las que se denunciaron casos de fumigación con productos biocidas, cuyo empleo está vedado en áreas urbanas.
En tal sentido, la DefensorÃa del Pueblo además remitió oficios al secretario y al subsecretario de Municipios y Comunas, Roberto Meli y Gabriel Gasparutti, para solicitar que informen sobre el estado actual en las poblaciones sobre el establecimiento de lÃmites precisos en los que debe regir la prohibición absoluta de fumigar, por el perjuicio que la actividad puede tener sobre la población y el ecosistema.
Un tercer requerimiento fue dirigido al director de Sanidad Vegetal del Ministerio de la Producción, Carlos Debona, con el fin de conocer la forma y la metodologÃa de control de fumigaciones tanto aérea como terrestre, en un radio no inferior a los 3.000 metros de las plantas urbanas, que por circunstancias de excepción podrÃan reducirse a 500 metros.
También se solicita saber el número de inspectores de la repartición que efectúan el control, el detalle de la cantidad de procedimientos realizados desde comienzos de 2005 a la fecha y los resultados que arrojaron, asà como los lugares en los cuales los ciudadanos pueden concurrir para denunciar transgresiones.

Comentarios recientes